Logo Derecho - Bann

“Se está confundiendo el procedimiento de tramitación de expedientes con el específico del PGOU”


Urbanismo afirma que según la LOUA, “el plazo de información es de un mes, por lo que las alegaciones posteriores son “extemporáneas”.-

La delegada de Urbanismo, Ana González, ha querido aclarar las dudas planteadas en relación a los plazos de presentación de alegaciones y sugerencias al Plan General, manifestando que “se está confundiendo el procedimiento común de tramitación de expedientes administrativos con el procedimiento específico para la tramitación y aprobación de una Norma Reglamentaria como es el Plan General de Ordenación Urbanística”. Los grupos ecologistas presentarán alegaciones contra la aprobación provisional del PGOU

Hizo referencia al artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que regula la información pública de los procedimientos administrativos: “En el caso que nos ocupa, estamos ante la tramitación de un procedimiento bifásico, es decir, el Ayuntamiento realiza la tramitación administrativa del documento del PGOU, pero es la Consejería competente en Urbanismo (Medio Ambiente y Ordenación del Territorio), la que debe dar la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación urbanística”.

El trámite de información pública recogido en el artículo 86 de la Ley 30/1992 incluye la consulta del expediente, el trámite de audiencia y la presentación de alegaciones, y señala respecto a la información pública que “el anuncio señalará el lugar de exhibición y determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a 20 días”

El acuerdo plenario del pasado 24 de febrero determina en su punto 3 “someter nuevamente el expediente y la documentación técnica arriba reseñadas a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y Boletín Oficial del Estado, uno de los diarios de mayor difusión provincial y tablón de edictos del Ayuntamiento, para alegaciones y sugerencias, debiéndose proceder asimismo a publicar el contenido del documento en la web municipal, conforme con el informe emitido por los servicios técnicos municipales”.


PLAZO ACORDE A LO QUE MARCA A LEY

“Todo ello se lleva a cabo en base a lo dispuesto por la Norma especial, Ley 17/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), que prevalece en el orden jurídico a la Norma General. Así, el artículo 32.1.2º de la LOUA determina un plazo de información pública no inferior a un mes en la tramitación de los planes generales”, añadió Ana González.

Comentó también que “debe recordarse que el expediente de tramitación del Plan General ha estado expuesto por plazo de un mes a información pública desde el día que se produjo la última de las publicaciones en los boletines oficiales, del 26 de febrero al 26 de marzo, es decir, de fecha a fecha como marca nuestro ordenamiento jurídico”.

Reseñó la concejala de Urbanismo que “las alegaciones y sugerencias planteadas fuera del plazo de información pública se entienden formalmente “extemporáneas”, sin perjuicio de que se considere su contestación”.

En relación con lo manifestado respecto a la Ley 27/2006, de 18 de julio, sobre el derecho de acceso a la información de Participación Pública y de acceso a la Justicia en materia de Medio Ambiente, la edila aseguró que “será en sede de órgano administrativo competente de la comunidad autónoma de Andalucía para al tramitación y aprobación de la Declaración Ambiental Estratégica la que garantice los derechos amparados por la citada Ley 27/2006, es decir, el Ayuntamiento no es competente en esta fase del procedimiento”.


1 comentario:

Los Comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Por favor al redactar tu comentario sobre EL TEMA, cuida las formas.
No utilices 'copiar y pegar' para grandes textos, ni mayúsculas en exceso. No poner textos en el nombre. No direcciones web externas. Mejor sin abreviaturas SMS. Los comentarios pueden ser borrados (ver Advertencia Legal)
.