EMSISA adquiere dos parcelas en la calle Bailén para hacer 19 viviendas sociales
Se han invertido 287.307 euros en su compra y no serán para alojamientos turísticos.-
La empresa municipal EMSISA adquirió dos parcelas en la calle Bailén, para la construcción de viviendas sociales, según anunció el alcalde de Chiclana, José María Román. En la visita realizada a estos lugares estuvo acompañado del delegado de Vivienda y vicepresidente de EMSISA, Francisco Salado,.
El regidor comentó que “estas dos parcelas, que han sido adquiridas por 287.307,35 euros, permitirán la construcción de 19 viviendas sociales para demandantes de VPO en Chiclana. Se trata de dos solares abandonados en el casco histórico, en los que se construirán viviendas sociales, que permitirán llenar el centro de Chiclana de población”.
Reseñó que “vamos a seguir trabajando en esta misma línea en otras calles de la zona. Las viviendas serán destinadas para uso de personas demandantes de viviendas de Chiclana, no para fines turísticos”. Agregó Román que “estas 19 viviendas se sumarán a las 18 en venta que se están construyendo en la calle Delicias, las 47 en alquiler en esta misma calle, las 55 que ya entregamos en la zona de La Cucarela y las 26 de El Pilar”.
Son
7 millones de euros invertidos por el Ayuntamiento, 2 millones de la Junta y
2,5 millones de euros del Gobierno de España, “que se están empleando para la construcción de viviendas sociales”,
indicó. En
cuanto a las dos parcelas adquiridas por EMSISA, la primera de ellas se
encuentra en la calle Bailén esquina con calle Blas Infante, con una superficie
de 372 metros cuadrados y una edificabilidad máxima de 946,38 metros cuadrados
según el POU y un máximo de 10 viviendas.
AMPLIAR LAS VIVIENDAS PÚBLICAS MUNICIPALES
La de Bailén esquina con Callejón de la Luz, cuenta con una superficie de 322 metros cuadrados y una edificabilidad máxima de 837,62 metros cuadrados según el POU, que permitirá la construcción de 9 viviendas. La compra de estas dos parcelas se ha llevado a cabo con cargo al programa para la adquisición de solares sin edificar de uso residencial y viviendas ruinosas en el casco histórico.
Una iniciativa que tiene como finalidad la construcción de vivienda pública, ampliando así el parque municipal de viviendas en alquiler o para venta a unidades familiares inscritas en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida.
Reseñar que son susceptibles de compraventa los solares sin edificar que se encuentren en suelo urbano y estén dotadas de servicios y características mínimas que se exige en el art. 148.4 de la LOUA; así como edificaciones ruinosas, entendiendo por tales las que hayan sido declaradas en situación legal de ruina urbanística, de conformidad con lo previsto en los artículos 157.1 y 159 de la LOUA.
Las que se encuentran en un estado de conservación que no reúne las condiciones que las hagan aptas para su habitabilidad o uso efectivo legitimo, o presenten graves carencias de seguridad o las construcciones que habiendo sido iniciadas queden abandonadas.
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