El IRPH de las hipotecas: ¿cláusula abusiva?
PEDRO SALVADO MANZORRO-Abogado en Bufete Muñoz Tamayo.-
Cuando estamos alcanzando el final de la incertidumbre sobre la cuestión de las cláusulas suelo de las hipotecas -pendiente de que resuelva el Tribunal Europeo sobre la retroactividad en cuanto a las devoluciones de las cantidades cobradas indebidamente-, recientemente está saliendo a la luz pública, debido a diversos acontecimientos recientes, otra posible cláusula abusiva como es el IRPH de las hipotecas.
El IRPH (siglas de Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) del conjunto de Entidades o “Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España”, es el segundo tipo de referencia más utilizado en las hipotecas después del Euribor en España.
El IRPH entidades es calculado sobre la media aritmética simple de los tipos de interés utilizados por las entidades bancarias, para conceder sus préstamos hipotecarios durante el mes al que se refieren los índices.
En España existen 1.300.000 hipotecas con este tipo de referencia. Sin embargo, no solo los indexados a IRPH se ven perjudicados, las personas con hipotecas referenciadas a Euribor y con IRPH Entidades como sustituto también podrían sufrir las consecuencias, de un índice tan elevado. En el mes de marzo del corriente el IRPH se encontraba en el 1,919 % frente al Euribor: - 0.012 %
Pues bien, ante esta situación tan gravosa, son varios Parlamentos Autonómicos (Andaluz, Gallego, Vasco) los que han instado a las autoridades estatales y entidades bancarias la inmediata eliminación del IRPH como tipo oficial de referencia para préstamos hipotecarios y la devolución de las cantidades cobradas indebidamente por su aplicación, por ser un tipo de interés opaco, influenciable por las entidades bancarias, no representativo de la realidad del mercado y abusivo.
¿QUÉ DICTAN LOS JUZGADOS SOBRE ESTE ASUNTO?
La Audiencia Provincial de Álava, gracias a la sentencia dictada el 10 de marzo del presente año, se ha convertido en la primera de España en declarar nulo el IRPH, aplicado por “Kutxabank” a un cliente, además de obligar a devolver lo cobrado de más desde el inicio de la hipoteca. Se trata de una sentencia histórica, ya que hasta el momento solo los Juzgados de Primera Instancia habían declarado nulo el IRPH.
Anteriormente, la Audiencia Provincial de Guipúzcoa había resuelto más de 40 casos, y en todos ellos, la Audiencia revocó las sentencias de nulidad y validó el IRPH. La decisión de la Audiencia guipuzcoana ha ido a contracorriente, puesto que casi todos los juzgados de lo mercantil y primera instancia de todas las comunidades autónomas, han continuado dictando sentencias que anulan el IRPH por abusivas.
En cualquier caso, “Kutxabank” ha recurrido al Tribunal Supremo la citada sentencia, por lo que nuestro más alto Tribunal en esta materia, se pronunciará despejando toda incertidumbre sobre este asunto.
a ver si se hace justicia también con este índice, porque nos la han dado por todos lados...
ResponderEliminaresperemos que no tarden mucho en pronunciarse, porque mientras los que perdemos somos los mismos siempre....
ResponderEliminarmuy interesante este tipo de artículo.
ResponderEliminarestá claro que en este país que no se puede firmar nada sin asesorarse.
ResponderEliminary otras muchas más clausulas abusivas que existen, aunque con mayor relevancia...
ResponderEliminaresperemos que sea como las cláusulas suelo, sino apañao vamos
ResponderEliminarla esperanza es lo ultimo que se debe perder, hay que luchar
ResponderEliminarse une el Parlamento Cántabro también.
ResponderEliminarSE ESTÁ VIENDO LA LUZ EN ESTA MATERIA!!
ResponderEliminar