La “Asociación del IBI” recurre ante el TSJA la aprobación definitiva de los presupuestos municipales
Califica
de “reprobable” que se haya hurtado al Pleno conocer las alegaciones
presentadas y pronunciarse, “claro ejemplo de
desprecio a los ciudadanos”.-
La Sección
Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía notificó el pasado 10 de abril a la Asociación por un IBI Real, el registro y
designación de Magistrado Ponente en el recurso contencioso interpuesto por
dicha asociación, frente a la resolución del Ayuntamiento que acuerda la
aprobación definitiva de los presupuestos municipales.
La
asociación, asistida por el abogado Jesús Pedro
Vila Duplá, recurrió dicha aprobación por entender que estaría viciada
de nulidad radical, al haber ignorado completamente la concejalía de Hacienda,
la existencia de las alegaciones presentadas en plazo por un ciudadano de
Chiclana, así como las de la propia asociación, en representación de todos sus
asociados, el día 21 de enero de 2019.
Sorprendentemente,
el 24 de enero de este año el concejal de Hacienda, Joaquín Guerrero Bey, envió al BOP una comunicación en la que
anunciaba la no presentación de alegaciones al Presupuesto General y, por lo
tanto, su aprobación definitiva.
De acuerdo
con el letrado de la entidad, el trámite de participación ciudadana en la
aprobación de decisiones de especial relevancia, como son los presupuestos
municipales, no es baladí o superfluo.
DESPRECIO
DEL PSOE AL CIUDADANO
Una vez
establecido por el legislador este cauce participativo, “el mismo no puede ser ignorado y su omisión viciaría
de nulidad la decisión de aprobación definitiva de los presupuestos, al haberse
prescindido de un trámite ineludible, tal como viene reiterando el propio
Tribunal Constitucional desde hace años”.
La
actuación del responsable de la concejalía de Hacienda, ha sido, por lo tanto,
“absolutamente reprobable, ya que se ha hurtado al Pleno municipal la
posibilidad de que todos los concejales conocieran las alegaciones presentadas
en plazo por los ciudadanos y manifestaran, tras haber sido informadas por el
Interventor del Ayuntamiento, como todos los años, su acuerdo u oposición al
Informe de la Intervención”.
De acuerdo
con la legislación vigente, sólo cabe la aprobación automática de los
presupuestos municipales cuando no se hayan presentado alegaciones. Sin
embargo, “en el presente caso se ha impedido que el Pleno se pronunciase sobre las
alegaciones efectuadas por los ciudadanos, es decir, se ha excluido por primera
vez la participación ciudadana para garantizarse una aprobación rápida y sin
debatir de los presupuestos, infringiendo manifiestamente la Ley y en evidente
desprecio a la ciudadanía de Chiclana”.
Ante
semejante disparate, la Asociación por un IBI
Real “no ha tenido más remedio que
denunciar esta grave injusticia solicitando el amparo de los Tribunales y con
el fin último de que nunca más vuelva a repetirse una actuación que,
entendemos, no sólo es contraria a la legalidad vigente, sino profundamente antidemocrática”.
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