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La “Asociación del IBI” recurre ante el TSJA la aprobación definitiva de los presupuestos municipales


Califica de “reprobable” que se haya hurtado al Pleno conocer las alegaciones presentadas y pronunciarse, “claro ejemplo de desprecio a los ciudadanos.-

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía notificó el pasado 10 de abril a la Asociación por un IBI Real, el registro y designación de Magistrado Ponente en el recurso contencioso interpuesto por dicha asociación, frente a la resolución del Ayuntamiento que acuerda la aprobación definitiva de los presupuestos municipales.

La asociación, asistida por el abogado Jesús Pedro Vila Duplá, recurrió dicha aprobación por entender que estaría viciada de nulidad radical, al haber ignorado completamente la concejalía de Hacienda, la existencia de las alegaciones presentadas en plazo por un ciudadano de Chiclana, así como las de la propia asociación, en representación de todos sus asociados, el día 21 de enero de 2019.

Sorprendentemente, el 24 de enero de este año el concejal de Hacienda, Joaquín Guerrero Bey, envió al BOP una comunicación en la que anunciaba la no presentación de alegaciones al Presupuesto General y, por lo tanto, su aprobación definitiva.

De acuerdo con el letrado de la entidad, el trámite de participación ciudadana en la aprobación de decisiones de especial relevancia, como son los presupuestos municipales, no es baladí o superfluo.

DESPRECIO DEL PSOE AL CIUDADANO

Una vez establecido por el legislador este cauce participativo, “el mismo no puede ser ignorado y su omisión viciaría de nulidad la decisión de aprobación definitiva de los presupuestos, al haberse prescindido de un trámite ineludible, tal como viene reiterando el propio Tribunal Constitucional desde hace años”.

La actuación del responsable de la concejalía de Hacienda, ha sido, por lo tanto, “absolutamente reprobable, ya que se ha hurtado al Pleno municipal la posibilidad de que todos los concejales conocieran las alegaciones presentadas en plazo por los ciudadanos y manifestaran, tras haber sido informadas por el Interventor del Ayuntamiento, como todos los años, su acuerdo u oposición al Informe de la Intervención”.

De acuerdo con la legislación vigente, sólo cabe la aprobación automática de los presupuestos municipales cuando no se hayan presentado alegaciones. Sin embargo, “en el presente caso se ha impedido que el Pleno se pronunciase sobre las alegaciones efectuadas por los ciudadanos, es decir, se ha excluido por primera vez la participación ciudadana para garantizarse una aprobación rápida y sin debatir de los presupuestos, infringiendo manifiestamente la Ley y en evidente desprecio a la ciudadanía de Chiclana”.

Ante semejante disparate, la Asociación por un IBI Realno ha tenido más remedio que denunciar esta grave injusticia solicitando el amparo de los Tribunales y con el fin último de que nunca más vuelva a repetirse una actuación que, entendemos, no sólo es contraria a la legalidad vigente, sino profundamente antidemocrática”.

 

 

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