Nuevas restricciones en playas, centros de mayores, celebraciones y actividades al aire libre
La nueva Orden de la Junta tiene como objetivo reducir los riesgos de contagio y transmisiĂłn del Covid-19.-
El Consejo
de Gobierno de la Junta de AndalucĂa aprobĂł el pasado martes una nueva baterĂa
de medidas, dadas las actuales circunstancias epidemiolĂłgicas y con el objetivo
de reducir los riesgos de contagio y transmisiĂłn del Covid-19. Esta nueva
normativa modifica en parte la Orden del 19 de junio de medidas preventivas en
salud pĂşblica y se centra en la apertura de playas, gestiĂłn en residencias de
mayores, centros de dĂa, celebraciones de eventos y actividades de tiempo libre
y animaciĂłn.
En primer
lugar, acuerda que los ayuntamientos adopten las medidas necesarias para el
cierre de playas al ocio y esparcimiento de 21,30 a 7,00 horas, exceptuando la
pesca y otras actividades de carácter individual, asà como los servicios de
restauraciĂłn instalados en las mismas.
En segundo lugar, se acuerda la suspensiĂłn de visitas en centros residenciales donde exista, al menos, un caso confirmado de Covid-19 o más de tres casos en sospecha. Esta suspensiĂłn se mantendrá hasta 28 dĂas despuĂ©s de la fecha de diagnĂłstico del Ăşltimo caso. En el resto de situaciones, las visitas de familias estarán permitidas si la situaciĂłn epidemiolĂłgica no indica restricciĂłn alguna y se realizarán garantizando por parte del centro el escalonamiento a lo largo del dĂa.
AsĂ mismo,
si la incidencia acumulada en los Ăşltimos 14 dĂas es superior a 50 por 100.000
habitantes, se determinará la suspensión de visitas. Esta valoración también
dependerá de los datos de incidencia a nivel local.
APERTURA
DE LOS CENTROS DE DĂŤA
Por otro
lado, también se suspenderán las salidas para paseos y vacaciones (inferiores a
10 dĂas) de los usuarios en aquellos centros donde exista al menos un caso
confirmado de Covid-19 o más de tres casos en sospecha, hasta conocer
resultados de las pruebas. En todo caso, se determinará la restricción o
suspensiĂłn de las salidas si la incidencia acumulada en los Ăşltimos 14 dĂas es
superior a 30 por 100.000 habitantes en el municipio correspondiente.
No obstante, se podrán facilitar los paseos en casos excepcionales con fines terapéuticos para preservar la salud mental de las personas, con las consiguientes medidas de prevención, al igual que si dichas salidas se producen por otros motivos ineludibles.
Por su parte, se mantiene la apertura de los centros de dĂa, ocupacionales y no residenciales de carácter asimilado, siempre que no exista ningĂşn caso confirmado o la situaciĂłn epidemiolĂłgica indique restricciĂłn. En este caso, se suspenderán las actividades presenciales, promoviendo la continuidad del servicio a travĂ©s de vĂas telemáticas.
Al igual
que en residencias de mayores, los usuarios ingresarán o retornarán a los
centros una vez que se les haya efectuado PCR en las 72 horas previas al
ingreso.
MEDIDAS EN EVENTOS Y CELEBRACIONES
La nueva
modificaciĂłn de la Orden tambiĂ©n recoge cambios en el área de hostelerĂa y
celebración de eventos. Se establece que los salones de celebraciones tendrán
un máximo del 75% del aforo, que no superarán las 150 personas al aire libre y
100 en espacios cerrados y que deben cumplir con los horarios previstos para
hostelerĂa. Asimismo, el consumo de bebida y comida se hará exclusivamente en
mesa.
De igual
modo, podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio,
conferencias, ferias comerciales y otros eventos sin superar el 75% del aforo y
manteniendo la distancia interpersonal establecida, el uso de mascarilla y la
estricta higiene de manos.
Estos
eventos podrán realizar su actividad hasta la 1,00 horas y la ocupación máxima
será de diez personas por mesa o agrupación de mesas. En los eventos
multitudinarios que se celebren en espacios cerrados y concentren a más de 200
o 300 personas si son al aire libre, se deberá realizar una evaluación del
riesgo por parte de la autoridad sanitaria.
ACTIVIDADES
DE TIEMPO LIBRE Y ANIMACIÓN
Podrán
realizarse actividades de tiempo libre destinadas a la poblaciĂłn infantil y
juvenil cuando éstas se lleven a cabo al aire libre con un aforo máximo del 75%
o 150 participantes. De realizarse en un espacio interior, el aforo no superará
el 50% de la capacidad, hasta un máximo de 100 participantes, incluyendo los
monitores.
Las
actividades de animaciĂłn o clases grupales en alojamientos turĂsticos tendrán
un aforo máximo de 15 personas, respetando distancia de seguridad y uso de
mascarilla, y se realizarán preferentemente al aire libre. Las actividades de
turismo activo y de naturaleza se podrán realizar en grupos de hasta 30
personas y en aquellas actividades con guĂa turĂstico no se superarán los 20
participantes.
La noticia no aclara si está permitido peerse al aire libre.
ResponderEliminaral uno,pienso que es peor peerse en un lugar cerrado que en un lugar abierto
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