El Gobierno central lanza una línea de préstamos ICO para familias con problemas para el pago del alquiler
Son sin intereses para los arrendatarios, con un máximo de seis meses y pueden informarse a través de EMSISA.-
El
Ayuntamiento de Chiclana traslada a los ciudadanos la resolución de 1 de mayo,
de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del
convenio suscrito con el ICO, para la gestión de los avales y de la subvención
de gastos e intereses por parte del Estado, a arrendatarios en la Línea de avales de arrendamiento COVID-19 y
que se incluía en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Garantizaba
microcréditos a familias en situaciones de vulnerabilidad, sobrevenida por la
expansión de la pandemia, a fin de que pudiesen hacer frente al pago de hasta
un máximo de seis mensualidades de renta de alquiler de sus viviendas. Son
préstamos con carácter finalista, de forma que el importe concedido por el
banco se ha de destinar al pago de las rentas de alquiler.
El plazo
de devolución es de hasta seis años, prorrogables por otros cuatro más, sin
devengar ningún tipo de interés ni gasto para el arrendatario, mientras que los
requisitos de vulnerabilidad que permiten el acceso al crédito son, como
mínimo, los mismos previstos para el acceso a la moratoria de los préstamos
hipotecarios.
Por ello,
se crea una línea de avales por un importe global máximo de 1.200 millones de
euros, aunque el ICO, por cuenta del Ministerio, pondrá a disposición de las
entidades de crédito 112 millones para el pago de los gastos e intereses, que
son bonificados a los clientes.
En cuanto
al plazo para solicitar los préstamos será hasta el 30 de septiembre, mientras
que las entidades de crédito deberán formalizar los préstamos con los clientes
antes del 31 de octubre (estos plazos son ampliables hasta el 30 de noviembre y
el 31 de diciembre respectivamente).
RESIDENTES
EN ESTADO DE VULNERABILIDAD
Pueden
solicitar los préstamos los arrendatarios de vivienda habitual residentes en
España, que se encuentren en situación de vulnerabilidad sobrevenida, mientras
que el contrato ha de ser de la vivienda completa y puede incluir el
mobiliario, los trasteros y las plazas de garaje y otras dependencias anexas a
la vivienda.
Las
entidades de crédito deben verificar el cumplimiento de las condiciones de los
solicitantes, ya que si son varios los titulares en un mismo contrato de
alquiler, deberán solicitar y firmar el préstamo todos ellos de forma
solidaria.
En cuanto
al importe máximo de los préstamos, éste será el equivalente a seis
mensualidades de renta, con un límite de 5.400 euros, lo que supone un máximo
de 900 euros al mes. Las mensualidades financiadas podrán ser a partir del 1 de
abril y no posteriores a seis meses a contar desde la firma del préstamo, ni
posteriores al fin de vigencia del contrato de arrendamiento o sus prórrogas.
El ICO
abonará a las entidades de crédito los intereses devengados al tipo de 1,5 por
ciento TAE. Y éstas no podrán aplicar tipos de demora al cliente ni gastos o
comisiones por la reclamación de importes impagados o comisiones o gastos por
cualquier otro concepto.
Ante
cualquier duda, pueden ponerse en contacto con los técnicos de EMSISA a través
del teléfono 956403171 o bien a través del correo electrónico
vivienda@emsisa.chiclana.es.
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